dar claridad de la aplicación de esta disposición, se precisa que la metodología contenida en la Resolución CREG 015 de 2018 estableció los ingresos del nivel de tensión 1 del Sistema Interconectado Nacional, SIN, sin considerar la demanda asociada al alumbrado público y, por tanto, la forma de aplicar la disposición es, la indicada en el presente concepto.