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CREG se refirió a las diferencias entre la capacidad instalada o nominal de un autogenerador y un generador distribuido y la potencia máxima declarada para AGPE y AGGE

Escrito por  Sep 21, 2022

De acuerdo con las disposiciones del presente concepto, Capacidad instalada o nominal de un autogenerador y un generador distribuido, es la capacidad continua a plena carga del sistema de generación del autogenerador o el generador que se conecta al SIN, bajo las

condiciones especificadas según el diseño del fabricante.  Cuando la conexión al SIN sea a través de inversores, esta capacidad corresponde a la suma de las capacidades nominales de los inversores en el lado de corriente alterna o con conexión al SIN. La capacidad nominal de un inversor corresponde al valor nominal de salida de potencia activa indicado por el fabricante

Por su parte, la potencia máxima declarada para AGPE y AGGE corresponde a la potencia que es declarada por el AGPE o AGGE ante el OR, en el momento del registro de la frontera comercial para entrega de excedentes de energía, cuando aplica, y declarada durante el procedimiento de conexión. Para el GD se entiende que es la capacidad efectiva neta aplicable a los agentes generadores de acuerdo con la regulación vigente, declarada ante el OR en el procedimiento de conexión y en el momento de registro de la frontera comercial. La potencia máxima declarada será igual a la potencia establecida en el contrato de conexión, en caso de que este aplique.

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