A través del presente concepto quedó dispuesto que "la regulación expedida por la CREG no establece permisos para la adquisición de empresas de generación o distribución. La CREG sí define reglas sobre límites de integración que deben cumplir los agentes participantes en el
mercado de energía, con el fin de evitar el riesgo de que exista concentración y posiciones dominantes que afecten la competencia, en particular en generación, puesto que la participación de dichas empresas en el mercado mayorista afecta los precios de la energía."
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