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Reglamentado decreto único del Sector Comercio, en relación con la infraestructura para proyectos turísticos especiales

Escrito por  Ago 24, 2020

La norma tiene por objeto reglamentar la determinación, priorización, aprobación, financiación y ejecución de la Infraestructura para los Proyectos Turísticos Especiales (PTE) contemplados en el artículo 18 de la Ley 300 de 1996 "Ley General del Turismo", modificado por el artículo 264 de la Ley 1955 de 2019, estableciendo las normas necesarias para su funcionamiento en el territorio nacional.

La infraestructura para Proyectos Turísticos Especiales de Gran Escala, es el conjunto de acciones técnicas y jurídicamente definidas y evaluadas que están orientadas a la planeación, reglamentación, financiación y ejecución de las obras tales como vías, infraestructura de servicios públicos, equipamientos y demás obras necesarias para habilitar un determinado sitio con el fin de desarrollar un proyecto turístico especial de gran escala (PTE).

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Modificado por última vez en Martes, 27 Octubre 2020 16:03