base en la fórmula tarifaria para el servicio público domiciliario de energía eléctrica para usuarios regulados”.
De acuerdo con la doctrina publicada por la CREG, “el valor del kilovatio-hora, o kWh, se denomina costo unitario, CU, y corresponde a la suma del costo asociado con el desarrollo de las actividades de la cadena de prestación del servicio, principalmente: producción o generación de energía, transporte, distribución y comercialización de la energía. Este valor se calcula con
base en la fórmula tarifaria para el servicio público domiciliario de energía eléctrica para usuarios regulados”.