El decreto establece “las reglas para la cesión de los permisos para el uso del espectro radioeléctrico que deberán observar los titulares de permisos de uso de espectro radioeléctrico y los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones que se encuentren en el régimen de habilitación general”.
“Los titulares de permisos de uso del espectro radioeléctrico que pretendan obtener autorización por parte del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para ceder el respectivo permiso, no podrán estar incursos en ninguna de las inhabilidades a que se refiere el artículo 14 de la Ley 1341 de 2009”.
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