La CREG indicó que una planta de generación conectada al SIN que tiene OEF asignadas puede vender energía en la Bolsa de Energía, en contratos con otros generadores y en contratos con comercializadores. Los contratos son acuerdos de cobertura de precio, dado que en el mercado eléctrico colombiano toda la energía que se produce se entrega al SIN para atender la demanda del sistema. Es decir, no hay contratos de entrega física de energía a terceros.