El Ministerio de Minas publicó un proyecto de decreto que reglamenta el numeral 2 del artículo 274 de la Ley 2294 de 2023. Esta iniciativa busca eximir a los gestores comunitarios del agua y saneamiento básico de la contribución de solidaridad en el servicio de energía eléctrica. El beneficio aplicará a inmuebles dedicados exclusivamente a la operación de sistemas de acueducto y alcantarillado en zonas rurales y urbanas. Los gestores deberán presentar ante los comercializadores de energía su solicitud, pruebas de existencia legal y una certificación que acredite el uso exclusivo de la energía para estas operaciones. La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y el Ministerio de Minas y Energía se encargarán del control y seguimiento, exigiendo una actualización anual para mantener el beneficio.