Imprimir esta página

Consejo de Estado analizó la naturaleza de contratos de empresas de servicios públicos gestoras del plan de aguas y ordenó a ESANT abstenerse de descontar o cobrar al demandante sumas derivadas de incumplimiento contractual

Escrito por  Oct 24, 2025

El Consejo de Estado analizó la naturaleza de los contratos celebrados por empresas de servicios públicos domiciliarios cuando actúan como gestoras del plan departamental de aguas y saneamiento, señalando que dichas empresas, aunque cumplen funciones públicas, no adquieren la condición de entidades estatales para todos los efectos contractuales, especialmente en la esfera privada derivada de la gestión empresarial. En consecuencia, se estableció que la Empresa de Servicios Públicos de Santander (ESANT), en su calidad de gestora del plan departamental, no podía ejecutar descuentos o cobros administrativos o judiciales contra el demandante basados en la declaratoria de incumplimiento del contrato de obra No. 2003 de 2011, porque dicha declaratoria, en el contexto contractual y los derechos del demandante, no constituía título ejecutivo suficiente para afectarlo económicamente sin garantía del debido proceso. Por ello, el Consejo de Estado ordenó a ESANT abstenerse de realizar dichos descuentos o cobros, y, en caso de pagos ya realizados por el demandante, disponer el reintegro de las sumas pagadas debidamente indexadas, garantizando así la protección del derecho al debido proceso y la legalidad en la ejecución administrativa y judicial.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Viernes, 24 Octubre 2025 00:32