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Consejo de Estado reafirma protección contra cobro retroactivo de contribución adicional a empresas de servicios públicos domiciliarios

Escrito por  Oct 17, 2025

El Consejo de Estado reiteró su jurisprudencia sobre la aplicación del principio de irretroactividad tributaria es fundamental en el cobro de contribuciones adicionales a empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios. En particular, ha señalado que la base gravable para estas contribuciones debe calcularse con información del año gravable anterior, como establece la Ley 142 de 1994 y sus reformas, evitando tomar datos del mismo año de la expedición de la norma, pues ello vulnera los artículos 338 y 363 de la Constitución Política. Asimismo, ha precisado que la nulidad de actos administrativos que modifiquen la base gravable tiene efectos inmediatos solo sobre situaciones jurídicas no consolidadas, preservando los derechos adquiridos y la estabilidad jurídica. En este marco, el Consejo ha declarado la nulidad de resoluciones que liquidaron contribuciones aplicando normas inconstitucionales o que incumplieron el principio de irretroactividad, eximiendo a los contribuyentes del pago indebido.

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Modificado por última vez en Jueves, 16 Octubre 2025 18:22