El Consejo de Estado negó la nulidad solicitada por el Consorcio S.M. y EAR Ingenieros Ltda. porque quedó probado su incumplimiento sistemático e injustificado del contrato llave en mano, a pesar de múltiples prórrogas y modificaciones otorgadas por la Policía Nacional. El consorcio no cumplió con obligaciones esenciales como la gestión técnica, permisos, calidad de materiales, y seguridad del personal. Además, la Policía Nacional actuó conforme a la autonomía de la voluntad estatal y con respaldo en informes de interventoría, descartando la obligación de aceptar nuevas prórrogas. La declaración de incumplimiento se basó en pruebas claras y coherentes, sin vicios de legalidad ni ausencia de competencia, por lo que la negativa a prorrogar no constituyó incumplimiento.