Las autoridades de control fiscal pueden exigir informes sobre su gestión contractual a los servidores públicos de cualquier orden. La Entidad explicó que el ejercicio de las potestades y/o facultades de control preventivo y concomitante de la Contraloría General de la Republica se predica sobre actos u operaciones de los sujetos de control fiscal donde haya una detección de un riesgo inminente de pérdida de recursos públicos y/o afectación negativa de bienes o intereses patrimoniales de naturaleza publica, que se materializa a través de un pronunciamiento excepcional, no vinculante, en forma de advertencia al gestor fiscal, con el fin de que aquel evalúe autónomamente la adopción de las medidas que considere procedentes para ejercer control sobre los hechos así identificados y evitar que el daño se produzca o se extienda.