ajustada a derecho, en tanto que las materias que comprende desarrollan, definen y concretan las pautas trazadas para afrontar la situación que dio origen al Estado de Excepción —Decreto Legislativo 417 de 2020—y a la adopción d medidas legislativas para conjurarlo en los términos del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, toda vez que guardan relación directa con esas disposiciones, atienden sus elementos causales referidos a los motivos y finalidades, no contrarían el restante ordenamiento jurídico analizado y resultan proporcionales a las finalidades trazadas por el legislador excepcional”.