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Consideraciones de la CGR sobre el régimen jurídico aplicable a los Procesos Fiscales de Cobro Coactivo (PFC)

Escrito por  Jun 03, 2022

Para el Procedimiento Fiscal de Cobro Coactivo (PFC) de la Contraloría General de la República, se deben aplicar los artículos 90 al 98 de la Ley 42 de 1993. En ese orden, el artículo 90 de la Ley 42 de 1993, prescribe como regla general del Procedimiento Fiscal de Cobro Coactivo (PFC): "Para cobrar los créditos fiscales que nacen de los alcances líquidos contenidos en los  

títulos ejecutivos    a que se refiere   la presente ley, se seguirá   el proceso de jurisdicción    coactiva señalado en el Código   de Procedimiento Civil, salvo los aspectos especiales que aquí se regulan"

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