El concepto 220-075671-2021 indica que los asociados que se encuentren en el extranjero podrían otorgar un poder en los términos del artículo 184 del Código de Comercio, para hacerse representar en las reuniones de Junta de Socios o Asamblea de Accionistas de la compañía en Colombia, en la cual se tomen las decisiones que sean del caso para dar cumplimiento a las responsabilidades del máximo órgano social