basada en unas políticas de cumplimiento efectivas, conforme a sus matrices y factores de riesgos identificados y ejecutando las medidas razonables aplicables a cada caso particular”.
La Superintendencia de Sociedades emitió la Circular_000008-2021, a través de la cual indicó que “el propósito fundamental de esta Política de Supervisión del Régimen de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral LA/FT/FPADM (en adelante, la “Política de Supervisión LA/FT/FPADM”), es instruir, guiar y retroalimentar a las entidades obligadas1 para que mantengan una cultura de cumplimiento de autogestión de sus propios Riesgos LA/FT/FPADM,
basada en unas políticas de cumplimiento efectivas, conforme a sus matrices y factores de riesgos identificados y ejecutando las medidas razonables aplicables a cada caso particular”.