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Las redes sociales también son un medio idóneo para el ejercicio del derecho de petición ante una entidad pública: Corte Constitucional

Escrito por  Ago 28, 2020

Lo anterior, “siempre que la solicitud se realice en términos respetuosos, se trate de una de las expresiones que suponen el ejercicio de tal derecho, y se pueda identificar al originador del mensaje, así como determinar que este aprueba su contenido”.

Así lo decidió la Corte Constitucional. Las solicitudes que se presenten ante las autoridades podrán realizarse por vía verbal, escrita o cualquier otro medio idóneo que sirva para la comunicación, para lo cual, por regla general, el particular tendrá la posibilidad de escoger entre canales físicos o electrónicos que hayan sido habilitados por la entidad

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