proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, y determinó que la concejal demandada, si bien propuso a una persona diferente a quien luego fue elegida como alcalde de la capital del Valle, ello aconteció en el momento en que el Partido Liberal escogía la persona a quien iba a apoyar para la aspiración a la Alcaldía, situación que no ha sido considerada por el legislador como censurable a través de la nulidad electoral”.