Ante la inquietud sobre el régimen contractual aplicable a asociaciones de municipios y empresas de economía mixta designadas para ejecutar proyectos del Sistema General de Regalías, el DNP precisó que, si bien estas entidades pueden ser ejecutoras, deben adherirse estrictamente al régimen presupuestal del SGR, la contratación pública y demás leyes vigentes. Actualmente, el DNP ha elevado una consulta al Consejo de Estado para obtener una interpretación definitiva sobre la aplicación del régimen contractual específico en estos casos, dada la remisión a la normativa propia de cada entidad.