El Ministerio de Vivienda, Ciudad aclaró aspectos sobre la instalación de puntos de carga para vehículos eléctricos en edificios bajo el régimen de propiedad horizontal, incluyendo aquellos construidos antes de la normativa reciente que promueve su uso. La entidad subraya que estas instalaciones no son simples reparaciones privadas, dado que impactan la infraestructura eléctrica común del edificio, incluso cuando se ubican en parqueaderos individuales. Por ello, se requiere la aprobación previa de la asamblea de copropietarios, así como estudios técnicos certificados por profesionales y el aval de la aseguradora. El objetivo es salvaguardar la seguridad, estabilidad y el interés común, equilibrando el derecho individual del propietario con la protección colectiva y la normativa vigente.