Imprimir esta página

SuperSociedades aclara alcance del usufructo sobre las acciones

Escrito por  Ago 31, 2026

La Superintendencia de Sociedades precisó, en términos generales, las implicaciones jurídicas del usufructo de acciones, ante las consultas formuladas sobre esta figura. La entidad señaló que, aunque el usufructuario ejerce la mayoría de los derechos inherentes a la calidad de accionista, entre ellos el derecho a percibir dividendos, no puede enajenar ni gravar las acciones, facultad que conserva el nudo propietario en su condición de titular. De esta manera, mientras el nudo propietario mantiene la titularidad y el derecho real de propiedad sobre las acciones, el usufructuario ostenta el derecho real de goce sobre ellas. La coexistencia de estos derechos constituye uno de los principales efectos del usufructo de acciones y establece una clara distinción entre la titularidad jurídica de las acciones y el aprovechamiento económico que estas generan.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Domingo, 30 Agosto 2026 15:40