Si el servicio público de alcantarillado es prestado directamente por el municipio, y este posee el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos (PSMV) o permiso de vertimientos, la alcaldía es la responsable del pago. No obstante, si un concesionario u otra entidad presta el servicio y es titular de la autorización ambiental para los vertimientos, será esta última quien deba asumir el tributo.
La clave es que la responsabilidad recae en el titular de la autorización ambiental. Para que la obligación se traslade, debe existir un traspaso formal de dicha autorización ante la autoridad competente. El cobro de la tasa no implica la legalización del vertimiento, y se aplica incluso si la contaminación supera los límites permitidos.