Imprimir esta página

Consejo de Estado reafirmó lo señalado en sentencias de unificación sobre la obligación judicial de analizar reclamos, aunque no se hayan presentado reclamaciones específicas o salvedades en modificaciones contractuales

Escrito por  Jun 19, 2025

El Consejo de Estado precisó que, en contratos estatales con modificaciones como suspensiones, adiciones o prórrogas, el juez debe analizar las pretensiones presentadas incluso si no ha habido una reclamación explícita o salvedad al momento de firmar dichos acuerdos. Esta orientación jurisprudencial de unificación responde a la importancia de interpretar la voluntad real de las partes y la ejecución de buena fe durante la relación contractual, evitando que el silencio o la ausencia de reparos implique renuncia a derechos o reclamos posteriores.

En el caso del Consorcio Hospitales de Colombia contra el Departamento de Santander, la Sala encontró que, pese a la extensión de los plazos y ajustes al contrato por dificultades en los diseños y condiciones de obra, las partes acordaron mantener el precio inicial sin reclamar sumas adicionales. No obstante, conforme a la regla de unificación, el juez debe desentrañar el alcance de esos acuerdos para decidir si regulaban o no las reclamaciones presentadas en sede judicial. Este enfoque garantiza que no se desestimen pretensiones legítimas simplemente por la ausencia de reparos formales en las modificaciones contractuales, promoviendo así la justicia en la ejecución y eventual conflicto de contratos públicos.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Jueves, 19 Junio 2025 10:47