Imprimir esta página

Consejo de Estado: en los contratos se exige buena fe objetiva, que para el caso de los vicios redhibitorios, se traduce en el deber de conducta del tradente de manifestar todo lo que conozca o deba conocer del bien

Escrito por  Ene 17, 2025

El caso se centró en la relación contractual surgida entre Stair Cargo INC y el Ministerio de Defensa, donde se alegaron vicios redhibitorios en un bien adquirido, específicamente una hélice. La controversia giró en torno a la falta de información sobre defectos ocultos que afectaron la funcionalidad del bien, lo que llevó al demandante a solicitar indemnización por los perjuicios sufridos.

El análisis del Consejo de Estado se enfoca en la importancia de la buena fe objetiva en los contratos. Esta buena fe implica que las partes deben actuar con lealtad y transparencia, especialmente en lo que respecta a la revelación de vicios o defectos en los bienes. En el contexto de los vicios redhibitorios, se establece que el vendedor tiene la obligación de informar sobre cualquier defecto que conozca o que debiera conocer, dado su conocimiento profesional. La omisión de esta información puede considerarse como un incumplimiento del deber de actuar sin culpa o negligencia.

Descargar Documento