Aclaró que en estos casos no es aplicable el Código Disciplinario Único.
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado levantó la reserva de un concepto en el cual se advierte que los vacíos normativos que surjan en los procesos disciplinarios adelantados por tribunales de ética médica se debe aplicar el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Aclaró que en estos casos no es aplicable el Código Disciplinario Único.