Imprimir esta página

Consejo de Estado declaró nula resolución del municipio de Armenia que declaró el siniestro del amparo de buen manejo y correcta inversión del anticipo, por el incumplimiento del contratista, Unión Temporal Vías de Armenia

Escrito por  Ago 13, 2024

La Sala, condenó al municipio de Armenia, a título de restablecimiento del derecho, a pagar a la Compañía Mundial de seguros S.A. la suma de mil ochocientos veinte tres millones quinientos noventa y cinco mil quinientos dieciocho pesos ($1.823’595.518). La Alta Crote explicó que “la Ley 1150 de 2007, en su artículo 7, establece la obligación de los contratistas de prestar “garantía única para el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato”, deber aplicable en el marco de la celebración del presente contrato, al no encontrarse dentro de las excepciones previstas por dicha norma. Esta disposición, igualmente, faculta a las entidades públicas para declarar el acaecimiento del siniestro mediante acto administrativo, cuya comunicación al asegurador es imperativa para tal efecto”.

“En el Decreto 1510 de 2013, compilado en el Decreto 1082 de 2015, se especificaron los riesgos que deben ser cubiertos de manera ineludible. Además, con la Ley 1474 de 2011, mediante el procedimiento administrativo consagrado en su artículo 86, se otorgó la potestad a las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) para decidir el incumplimiento y cuantificar los perjuicios del mismo, entre otras determinaciones. Bajo esos preceptos, la Sala, con el fin de resolver sobre los cargos de nulidad planteados en el sub lite en contra de las Resoluciones 484 de 2019 y 503 del mismo año, aclara que estas decisiones constituyeron una manifestación unilateral de la voluntad del municipio de Armenia en el marco de un contrato estatal, cuyo régimen jurídico, se reitera, se enmarcó en las normas que conforman el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) y, por ende, constituyen actos administrativos”.

Descargar Documento

Modificado por última vez en Lunes, 12 Agosto 2024 22:33