en la medida en que se haya cotizado en los términos previstos en el Decreto 1427 de 2022, incorporado en el Decreto 780 de 2016”, explicado en el presente concepto.
“por regla general del SGSSS-, la incapacidad será reconocida por la EPS una vez ésta es expedida por el profesional adscrito o perteneciente a la misma, caso en cual, dicha entidad deberá reconocer la prestación económica derivada de la incapacidad por enfermedad general,
en la medida en que se haya cotizado en los términos previstos en el Decreto 1427 de 2022, incorporado en el Decreto 780 de 2016”, explicado en el presente concepto.