derecho corresponde al titular de la información o a sus causahabientes.
La SIC indicó que, el derecho constitucional de hábeas data, es aquel que gozan todas las personas de conocer las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas, por lo que la legitimidad para ejercer ese
derecho corresponde al titular de la información o a sus causahabientes.