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SuperSociedades se refirió a la cantidad de socios que pueden conformar una sociedad anónima

Escrito por  Nov 04, 2022

El concepto 216357-2022 indica que, si la forma de sociedad que se pretende adoptar es del tipo de las anónimas, necesariamente deberá reunir todos los requisitos previstos para su conformación (artículos 373 a 460 del Código de Comercio), entre los cuales se encuentra, el

alusivo al número de socios requerido para su formación o funcionamiento previsto en el artículo 374, el cual es del siguiente tenor: "La sociedad anónima no podrá constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas."

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