eléctrica ordenada por un Juzgado de Barranquilla, entre los que se encuentra la sociedad demandante Clearlake Overseas Inc.
De acuerdo con las cláusulas que conformaron el negocio jurídico, para la Sala es claro que, la obligación de pago adquirida por Corelca SA ESP estaba sujeta a la condición de otorgamiento de escritura de la servidumbre de conducción eléctrica, el registro de la misma en los folios de matrícula objeto de la medida y el desistimiento del proceso de servidumbre adelantado por Corelca SA ESP en contra de los copropietarios del inmueble denominado “Los Cusules”, aspectos estos que una vez acreditados conllevaban a la constitución de la fiducia para proceder con el pago correspondiente en los términos pactados entre las partes”.