ese siniestro y del de buen manejo del anticipo e hizo efectivos los amparos respectivos cobijados por la póliza de cumplimiento No. 0476369-5 proferida por Seguros Generales Suramericana S.A. La demandante discute la legalidad de dichos actos con fundamento en que fueron expedidos con infracción de su derecho al debido proceso, mediante falsa motivación y con violación de normas superiores.
La Sala concluyó que las Resoluciones, ambas de 2011, no fueron expedidas mediante falsa motivación, con infracción del derecho al debido proceso de Suramericana ni en contravención de norma superior alguna. Así las cosas, se impone confirmar la sentencia de primera instancia a través de la cual se negaron las pretensiones formuladas por la demandante.