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En las sociedades en comandita por acciones, los socios gestores responden en forma solidaria e ilimitada por el pago de las obligaciones tributarias a cargo de la sociedad: Consejo de Estado

Escrito por  Nov 10, 2020

Para la Sala, en las sociedades en comandita por acciones, los socios gestores son responsables en forma solidaria e ilimitada por el pago de los tributos de la sociedad. Precisó que la exclusión de responsabilidad solidaria de los socios, prevista en el inciso 2 del artículo 794 del Estatuto Tributario, solo se aplica a los socios comanditarios y no a los gestores,

pues es respecto de estos que existe una relación directa y personal. con la sociedad, porque son quienes administran sus negocios y que el límite de responsabilidad tributaria de los gestores no se rige por el inciso primero de la misma norma, dado que en esa calidad no tienen aportes de capital, razón por la cual no pueden responder a prorrata de sus aportes, sino de manera ilimitada.

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Modificado por última vez en Viernes, 05 Febrero 2021 18:27