A través del presente concepto, la Entidad indicó que "el Decreto Ley 403 de 2020 establece en los artículos 78 y siguientes, las reglas del procedimiento administrativo sancionatorio fiscal de naturaleza especial, que se busca el debido ejercicio de la vigilancia y el control fiscal la protección del patrimonio público y el cumplimiento de los principios constitucionales y legales del
control y la gestión fiscal. Las sanciones administrativas fiscales no tienen naturaleza disciplinaria ni indemnizatoria o resarcitoria patrimonial, pueden concurrir con esas modalidades de responsabilidad y proceden a título de imputación de culpa o dolo."
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