que el proceso de reorganización pretende a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos.”
El concepto 220-129892-2021 indicó que “frente al incumplimiento de los gastos de administración en un proceso de reorganización de la Ley 1116 de 2006, es evidente que el Juez del Concurso, atendiendo las circunstancias fácticas y jurídicas que rodean cada caso particular, deberá adoptar la decisión a que haya lugar. Lo anterior, a su vez, teniendo presente
que el proceso de reorganización pretende a través de un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos.”