que se ve afectada con la delimitación del Páramo y la autorización para que empresas de minería exploten el terreno.
Para la Sala, la autoridad judicial demandada, ha adelantado sus actuaciones en forma razonada y coherente bajo las reglas de la sana crítica, sin que sus decisiones sean arbitrarias, abusivas o irracionales, y mucho menos desconocen las especiales órdenes proferidas por la Corte Constitucional.