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Consejo de Estado confirmó decisión que negó demanda instaurada por Seguros Colpatria, contra la Empresa de Licores de Cundinamarca, para que se declarara la inoponibilidad de unos actos a través de los cuales se liquidó unilateralmente un Contrato

Escrito por  Sep 21, 2021

La Empresa de Licores de Cundinamarca y el Consorcio P&P Licorera suscribieron un Contrato de Obra Pública, el cual tenía por objeto el estudio, diseño y construcción de la planta de aquella, por un valor de $40.000.000.000, y con un plazo de ejecución inicial de 14 meses. La cláusula relativa a la liquidación unilateral establecía que si El Contratista no se presenta a la liquidación o

las partes no llegan a acuerdo sobre el contenido de la misma, sería practicada directa y unilateralmente por la EMPRESA y se adoptará por acto administrativo motivado susceptible del recurso de reposición. Para  la  Sala, “en relación con la pretensión de declaratoria de incumplimiento, aclara que con la garantía única de cumplimiento, la entidad pública no asume obligaciones que le puedan ser exigidas por la aseguradora, sino que, en su calidad de beneficiaria y de asegurada, tiene unas cargas establecidas en la póliza, frente a su derecho de reclamar la respectiva indemnización de perjuicios, cuya inobservancia se traduce en unas consecuencias adversas a sus propios intereses, pero no en un incumplimiento contractual como el que sostiene la demandante”.

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Modificado por última vez en Martes, 21 Septiembre 2021 10:24