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Concepto de SuperSociedades sobre la obligación para las sociedades controlantes de solicitar la inscripción de la situación de control o de grupo empresarial

Escrito por  Ago 26, 2021

El concepto 220-100915-2021 la Entidad reitera que el artículo 30 de la Ley 222 de 1995 establece la obligación para las sociedades controlantes de solicitar la inscripción de la situación de control o de grupo empresarial, dentro de los 30 días hábiles siguientes a su configuración o de sus modificaciones. De acuerdo con lo señalado en el parágrafo 1º del

artículo 261 del Código de Comercio, esta obligación se hace extensiva a las personas naturales y a las personas jurídicas de naturaleza no societaria que tengan la condición de matrices o controlantes. 

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Modificado por última vez en Jueves, 26 Agosto 2021 08:05