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Consejo de Estado: el Ministerio de Minas omitió el deber de practicar la retención de la contribución de obra pública, con ocasión de un Contrato suscrito con el Consorcio Archivo MINMINAS 2008, integrado por la sociedad G Y G Constructores S.A.S.

Escrito por  Ago 03, 2021

El Consejo de Estado confirmó decisión que declaró nulidad parcial de un acto mediante el cual el Ministerio de Minas declaró al Consorcio Archivo Minminas y, solidariamente responsables a las sociedades Vanegas Y Garzón S.A.S. y G Y G Constructores

S.A.S., por concepto del reembolso del 5% del valor de un contrato de obra pública e intereses moratorios. La Sala indicó que “el artículo 121 de la Ley 418 de 1997, prevé que el contratista es el contribuyente del tributo, esto es, la persona que realiza el hecho gravado y está obligado al pago de la contribución; y la entidad de derecho público contratante es la responsable del tributo, es decir, la encargada de retener y consignar la contribución en la cuenta especial señalada para ello”.

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Modificado por última vez en Martes, 03 Agosto 2021 07:42