A través del presente proyecto se busca modificar el artículo 171 de la Constitución Política en aras de avanzar en la generación de condiciones de equidad e igualdad de las comunidades étnicas, reconociendo la necesidad de crear dos curules para pueblos y comunidades
afrocolombianas tal como ya está establecido para comunidades indígenas. En ese sentido, la disposición introduce que habría un número adicional de dos senadores, elegidos en circunscripción especial nacional por pueblos y comunidades afrocolombianas.
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