para cubrir la totalidad de los costos de acceso a las tecnologías y servicios en salud que requiere, y por prohibirle el uso de un celular personal”.
“La Corte Constitucional protegió los derechos de una religiosa que pertenece a la comunidad de las Hermanas Clarisas del Monasterio Santa Clara de Cali. La accionante argumentó que se vulneraron sus derechos fundamentales al mínimo vital y a la salud por negarse a cubrir el costo de una alimentación especial para diabéticos, por no consignarle una cuota mensual suficiente
para cubrir la totalidad de los costos de acceso a las tecnologías y servicios en salud que requiere, y por prohibirle el uso de un celular personal”.