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MinMinas: “no requieren de licencia urbanística de urbanización, parcelación y construcción o subdivisión, los proyectos de infraestructura para la generación, transmisión, distribución y/o comercialización de energía eléctrica”

Escrito por  Abr 28, 2021

El ministerio de Minas concluye que, efectivamente, “no requieren de licencia urbanística de urbanización, parcelación y construcción o subdivisión,

en ninguna de sus modalidades, los proyectos de infraestructura para la generación, transmisión, distribución y/o comercialización de energía eléctrica. Así pues, solo requerirán de licencias urbanísticas aquellas edificaciones convencionales de carácter permanente que se desarrollen al interior del área del mencionado proyecto, obra o actividad, como en efecto lo establecen el Decreto 1077 de 2015 y el Decreto Ley 019 de 2012”.

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Modificado por última vez en Miércoles, 28 Abril 2021 10:24