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No pueden dejar de adelantarse obras en inmediaciones de los predios de los particulares por la afectación transitoria de trabajos de obra pública: Consejo de Estado

Escrito por  Mar 19, 2021

La demanda fue presentada por la sociedad Romero Dueñas y Cía. Ltda., en contra del IDU, con el fin de que se le declare patrimonialmente responsable “por un daño antijurídico causado a la demandante con ocasión de la ejecución de un contrato para la adecuación de la Avenida Suba al Sistema Transmilenio celebrado con la Unión Temporal Avenida Suba 2003.

Para la Sala, se debe tener en cuenta que todos los habitantes del territorio nacional deben soportar en determinadas circunstancias la ejecución de trabajos públicos, los cuales, como resulta apenas natural, repercuten en beneficio de la sociedad en general y del particular inicialmente afectado; en consecuencia, no existe, por regla general, un derecho adquirido respecto a que no se adelanten obras en inmediaciones de los predios de los particulares y, por ende, no se le debe imputar, necesariamente, a la Administración la afectación transitoria de la explotación económica de un predio por trabajos de obra pública.

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