El Ministerio de Ambiente aclaró su rol frente a la petición de intervenir en un procedimiento administrativo de CORTOLIMA, donde se dejó sin efecto una decisión previa en un caso sancionatorio ambiental. Aunque la consulta planteó preocupación por posibles violaciones al debido proceso y la seguridad jurídica, el Ministerio enfatizó que las Corporaciones Autónomas Regionales gozan de autonomía constitucional y legal para expedir sus actos administrativos. En consecuencia, el Ministerio no tiene competencia para revisar ni revocar decisiones específicas tomadas por las CAR en el ejercicio de sus funciones sancionatorias, siendo responsabilidad de cada corporación aplicar la normativa ambiental vigente. Se recuerda que los actos administrativos pueden ser controvertidos por vía de recursos o ante instancias judiciales.