Frente al inminente déficit de gas natural proyectado para Colombia, que amenaza la seguridad energética, el Grupo Energía Bogotá sugirió permitir la integración de empresas de transporte y comercialización de gas importado. No obstante, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) reafirmó que la regulación vigente, como la Resolución CREG 057 de 1996, prohíbe esta integración vertical. La CREG considera al comercializador de gas importado funcionalmente equivalente a un productor-comercializador, aplicando las mismas restricciones para garantizar el acceso abierto al sistema de transporte y evitar abusos de posición dominante. Cualquier modificación a estas reglas estructurales requeriría un acto regulatorio motivado, previo análisis detallado de sus efectos en la competencia, para lo cual solicitó estudios adicionales.