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¿Cuándo el pago por disponibilidad de aeronaves para atender emergencias ambientales podría generar responsabilidad fiscal? La CGR explica

Escrito por  Ago 04, 2026

La Contraloría General de la República (CGR) se pronunció sobre consultas relacionadas con la contratación de servicios aéreos para la atención de emergencias ambientales y la validez del pago por disponibilidad de aeronaves. La entidad reafirmó que el ejercicio del control fiscal no implica coadministración ni juicios sobre la conveniencia de las decisiones administrativas. Si bien la ley exige la disposición de recursos para la gestión del riesgo y establece un régimen contractual especial para atender desastres, las entidades deben justificar exhaustivamente la necesidad y contribución al interés general de las modalidades contractuales empleadas. La CGR subraya que el uso de cláusulas de disponibilidad o "horas mínimas garantizadas" no configura, por sí mismo, responsabilidad fiscal; esta solo se establecerá si se comprueban todos los elementos del daño patrimonial, la conducta dolosa o culposa y el nexo causal en cada caso concreto. La responsabilidad de las decisiones recae exclusivamente en el sujeto de control.

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Modificado por última vez en Lunes, 03 Agosto 2026 23:43