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SuperSociedades aclara reglas para fusiones por absorción entre SAS de un mismo grupo empresarial

Escrito por  Ago 03, 2026

La SuperSociedades precisó los aspectos aplicables a los procesos de fusión por absorción entre Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) pertenecientes a un mismo grupo empresarial. La entidad señaló que, por regla general, estas operaciones se encuentran sometidas al régimen de autorización general y no requieren trámite previo ante la Superintendencia, salvo cuando se configuren circunstancias que demanden autorización particular, como situaciones de insolvencia, deterioro financiero o existencia de pasivos pensionales.

Asimismo, indicó que las SAS pueden formalizar la fusión mediante documento privado, excepto cuando dentro de la operación se involucren bienes cuya transferencia requiera escritura pública. De igual forma, aclaró que la publicación del aviso a los acreedores debe realizarse una vez la asamblea de accionistas haya aprobado la operación. Finalmente, precisó que las fusiones entre sociedades pertenecientes al mismo grupo empresarial no requieren autorización de la Superintendencia de Industria y Comercio, al no implicar una modificación en la estructura de control del mercado.

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Modificado por última vez en Domingo, 02 Agosto 2026 15:45