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DIAN aclara cuándo la importación de aeronaves está sujeta al Impuesto Nacional al Consumo

Escrito por  Jun 23, 2026
La DIAN indicó que la importación de aeronaves está sujeta al Impuesto Nacional al Consumo (INC) si estas corresponden a las partidas arancelarias 88.01 y 88.02, según el artículo 512-4 del Estatuto Tributario, y si el importador es el consumidor final. El INC grava la importación por parte del consumidor final. Se entiende como "consumidor final" a quien adquiere la aeronave para satisfacer una necesidad propia, privada, familiar o doméstica, o una necesidad empresarial que no esté intrínsecamente ligada a su actividad económica, es decir, que no sea esencial para el ejercicio de dicha actividad. La condición de nuevo o usado del bien no influye en la aplicación del impuesto.
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Modificado por última vez en Lunes, 22 Junio 2026 20:53