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CRA: cobro del costo de disposición final y tratamiento de lixiviados; sistemas autorizados y no autorizados, según normativa vigente para la gestión de residuos sólidos

Escrito por  Abr 22, 2025

La CRA precisa que el cobro del Costo de Disposición Final (CDF) y Tratamiento de Lixiviados es procedente bajo la normativa vigente. El CDF se calcula tomando como referencia la tecnología de relleno sanitario, lo que implica incluir aspectos como diseño, operación, mantenimiento y cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental del sitio de disposición.

Se definen los sistemas de disposición autorizados como aquellos que cumplen con las regulaciones establecidas, específicamente los rellenos sanitarios. Estos sistemas son considerados técnicas adecuadas para la disposición de residuos sólidos. En contraste, los sistemas no autorizados incluyen botaderos, celdas transitorias, enterramientos, vertimientos a cuerpos de agua, quema de residuos sólidos y cualquier otro que no esté alineado con las normativas aplicables, como el Decreto 1784 de 2017 y la Resolución 1890 de 2011. Esta clasificación asegura una gestión adecuada de residuos sólidos y la protección del medio ambiente y la salud pública.

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Modificado por última vez en Lunes, 21 Abril 2025 21:37