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MinAmbiente puntualizó aspectos sobre la prohibición gradual de plásticos de un solo uso, la certificación de aprovechamiento y los plazos para la transición hacia alternativas sostenibles

Escrito por  Dic 11, 2024

La Entidad responde a una consulta sobre la aplicación de la Ley 2232 de 2022, que busca reducir la producción y consumo de plásticos de un solo uso en Colombia. La ley establece que las empresas que introduzcan al mercado productos plásticos de un solo uso deben demostrar, mediante certificación, el porcentaje de aprovechamiento de estos residuos, garantizando el cierre del ciclo de vida del producto. La ley define "plástico de un solo uso" como aquel que no está diseñado para múltiples usos, lo que incluye las bolsas de plástico utilizadas para empacar productos.

Las empresas que comercializan envases y empaques de plástico de un solo uso son consideradas productoras y deben cumplir con las normativas de gestión ambiental, incluyendo la formulación de un Plan de Gestión Ambiental de Residuos. La Ley 2232 establece plazos para la prohibición de ciertos productos plásticos, con un enfoque en la transición gradual para los sectores afectados. La Corte Constitucional ha respaldado estos plazos, considerando que son razonables para lograr el objetivo de proteger el ambiente de la contaminación por plásticos. Por lo tanto, la empresa consultante debe evaluar su cumplimiento con estas disposiciones.

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Modificado por última vez en Martes, 10 Diciembre 2024 20:49