En el presente concepto MinAmbiente ofrece un repaso de la normatividad legal vigente respecto a la construcción de obras de defensa sin permiso dependiendo del fenómeno natural o de la emergencia presentada facultando de manera expresa a quienes cumplen la condición de ser propietarios, entre otros, debiendo dar aviso a la autoridad competente dentro de los seis días siguientes a su iniciación quedando sujetas a revisión y aprobación de dicha autoridad.